La Constitución Nacional de 1949 fue derogada por un Gobierno
inconstitucional, por lo tanto sus actos son nulos, de hecho tenemos dos
constituciones vigentes, la del 49 y la del 94.
La Constitución Nacional de 1949 fue derogada en 1956. En su Preámbulo
incluía "la irrevocable decisión de
constituir una Nación socialmente justa, económicamente libre y políticamente
soberana". Parte de sus conquistas se recuperaron en reformas
posteriores.
Pero... El Artículo 40, que era el que permitía cumplir con aquel
Preámbulo, nunca más volvió a ser parte de la Constitución Nacional. ¿Qué
decía? En el Artículo 40 se establecía:
·
El monopolio estatal del comercio exterior;
·
La propiedad de la Nación sobre las minas y fuentes de
energía;
·
La obligación del Estado de prestar los servicios públicos en
forma directa; y,
·
Garantizaba un decisivo control por parte del Estado, en la
energía, los servicios públicos, el comercio exterior y en los sectores en los
que actuaran monopolios u oligopolios privados.
Pensemos que país tendríamos con esa Constitución Nacional, sin pedir
por las retenciones ó el impuesto a la riqueza, sin entregar los monopolios de
la energía y de los medios, sin tarifas usurarias por servicios ineficientes.
Scalabrini Ortiz sostenía que “El artículo 40 es el bastión de la
República”. Desde su derogación no hemos logrados pasar de ser un intento, un
boceto de Nación soberana.
Comentarios
Publicar un comentario